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Inspección Técnica de Edificios (ITE)

El artículo 200 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de la Ordenación Urbanística y Protección de Medio Rural de Galicia (LOUGA) determina la obligación de los ayuntamientos de regular por Ordenanza el requisito de inspección periódica de las edificaciones para determinar su estado de conservación.

 

La Inspección Técnica de Edificios (ITE) es una inspección que han de pasar los edificios en aquellos ayuntamientos o comunidades donde se haya aprobado su aplicación (Ourense, Vigo, Coruña, Ferrol, Cangas, Culleredo, Lugo, Oleiros, Pontevedra, Ribadeo, Santiago) para acreditar su buen estado en cuanto a la seguridad, independientemente del uso al que estén destinados (viviendas, almacenes, comercios, etc.). Observatorio ITE. Galicia

 

OBLIGACION DE REALIZAR LA ITE

 

Están obligados a realizar la inspección todos los propietarios (personas físicas o jurídicas) de cualquier tipo de inmueble. En caso de estar integrados en Comunidades de Propietarios, el deber de inspección corresponde a la propia Comunidad.

 

La inspección y el dictamen final ha de ser realizada por un técnico competente  y se formaliza en un documento visado por el correspondiente Colegio Profesional, que debe entregarse en Oficina de Urbanismo dentro del plazo estipulado.

 

El informe determinará si la edificación reúne las condiciones básicas de seguridad, estabilidad, estanqueidad y consolidación estructural, así como las de habitabilidad en las que debe mantenerse en función de su uso y hará referencia necesariamente a los siguientes aspectos:

  • Estado de la estructura y cimentación

  • Estado de las fachadas interiores, exteriores, medianeras y otros paramentos; en especial, los elementos que pudieran suponer un peligro para la vía pública, tales como petos de terrazas o placas, entre otros.

  • Estado de conservación de cubiertas y azoteas.

  • Estado de las redes generales de fontanería y saneamiento del edificio.

  • Estado general de elementos comunes (portales, escaleras, etc.).

 

La ITE asegura el buen estado y debida conservación de los edificios residenciales y determina las obras y trabajos de conservación que se requieren para mantener el inmueble en el estado legalmente exigible y en el tiempo señalado al efecto.

 

Calendario de aplicación en Ourense:

-2013 Edificaciones anteriores a 1910 y/o catalogadas

-2014 Edificaciones construidas entre 1911 y 1950

-2015 Edificaciones construidas entre 1951 y 1965

-2016 Edificaciones construidas entre 1966 y 1975

-2017 Edificaciones construidas entre 1976 y 1980

-2018 Edificaciones construidas entre 1981 y 1986

A partir del 2019 tendrán que pasarla las edificaciones posteriores a 1987

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